Durante el 2025, las empresas tendrán que implantar medidas obligatorias para promover la inclusión y la igualdad real y efectiva en el entorno laboral de las personas LGTBI.

El pasado 8 de octubre se publicó el Real Decreto 1026/2024, por el cual se desarrolla el conjunto planificado de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, que despliega el artículo 15 de la Ley 4/2023, para la igualdad efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

La norma fija un conjunto de medidas obligatorias para promover la inclusión y la igualdad real y efectiva en el entorno laboral de las personas LGTBI y establece la estructura y contenido mínimo de los protocolos de acoso por orientación, identidad sexual y expresión de género. En concreto, las medidas obligatorias tendrán que desarrollar y asumir, al menos, los siguientes aspectos:

  • Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación,
  • Medidas relacionadas que contribuyan a la contratación y el acceso a la ocupación,
  • Clasificación y promoción profesional,
  • Formación, sensibilización y uso del lenguaje,
  • Promoción de entornos laborales diversos, seguros e inclusivos,
  • Acceso a permisos y beneficios sociales y derechos sin discriminación por razón de orientación sexual y expresión de género.

Las empresas con más de cincuenta personas trabajadoras y con convenio colectivo o acuerdo de empresa están obligadas a iniciar el procedimiento de negociación de las medidas para la igualdad LGTBI en un plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor del RD. Los plazos se alargarán hasta un máximo de 6 meses en las empresas que no dispongan de acuerdo de empresa, convenio colectivo propio o representación legal.

A partir de aquí, y, en cualquier caso, si en el plazo de tres meses desde el inicio de la negociación no se llega a un acuerdo, las empresas tendrán que aplicar provisionalmente el conjunto de medidas establecidas en el RD hasta que se pacten las medidas específicas en convenio colectivo o en acuerdo de empresa. Este hecho garantiza que, independientemente de la duración de las negociaciones, las medidas obligatorias incluidas en el RD serán puestas en práctica. Desde el área de Igualdad de Daleph, tenemos una amplia experiencia en el acompañamiento a organizaciones públicas y privadas en el desarrollo e implementación de acciones concretas para promover la igualdad real y efectiva.