DALEPH ELABORA EL II PLAN DE IGUALDAD DEL AYUNTAMIENTO DE SANT FELIU DE GUÍXOLS

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, obliga a las administraciones públicas a elaborar su propio plan de igualdad. A nivel catalán, la Ley de igualdad (Ley 17/2015) fija la obligatoriedad de las administraciones públicas catalanas de disponer de un plan de igualdad negociado con la representación legal de la plantilla.

Estos planes de igualdad toman como referencia el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, así como el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, ya que esta normativa obliga todas las administraciones públicas del Estado con una plantilla de más de 50 personas a disponer de un plan de igualdad.

El Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols se ha elaborado con el monitoreo de la Comisión Negociadora, compuesta por representantes del Ayuntamiento y de las personas trabajadoras. Para la elaboración del Plan se han recopilado y analizado datos cuantitativos y cualitativos para conocer el grado de integración de la igualdad entre mujeres y hombres, incluida la auditoría retributiva.

La plantilla ha participado a través de una encuesta que ha permitido conocer la opinión y valoración respecto a la igualdad de oportunidades y los ámbitos a los que tiene mayor efecto: conciliación de la vida personal, laboral y familiar y correponsabilidad, promoción profesional y acoso sexual y por razón de sexo, entre otros.

El análisis realizado ha permitido obtener la información necesaria para proponer las medidas encaminadas a corregir las desigualdades detectadas y hacer del Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols un espacio cada vez más equitativo para mujeres y hombres.