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¿SERÁN SUFICIENTES LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA COMBATIR EL COVID-19?

En Daleph llevamos unas semanas realizando un nuevo servicio de asesoramiento legal a través de diferentes ayuntamientos de la provincia de Barcelona. Esta asistencia va dirigida a autónomos y pymes, y tiene como principal objetivo informarles y asesorarles sobre las diferentes ayudas y subvenciones en materia de COVID-19 a las que tienen derecho, analizando cada caso e indicando el procedimiento a seguir.

La crisis sanitaria actual provocada por COVID-19 ha requerido que los gobiernos español y autonómicos aprobaran varias normas para hacer frente a la situación, muchas de las cuales incluyen medidas dirigidas a paliar los efectos económicos del Estado de alarma y afectan directamente a los trabajadores autónomos. El elevado número de decretos-ley tramitados y las correspondientes órdenes para aclarar algunos preceptos de estos han generado mucha confusión entre los usuarios, por lo que contemplamos la necesidad de articular este nuevo servicio.

A pesar de que la dirección de las primeras medidas no parecía desacertada, la letra pequeña de algunas de ellas y la magnitud de la crisis hacen que posiblemente sean necesarias nuevas medidas para evitar que la crisis sanitaria se traslade a la economía.

Una de las principales ayudas adoptadas por la Administración ha sido la prestación extraordinaria por cese de actividad que el Gobierno español ofrece a todos aquellos autónomos que se hayan visto afectados por COVID-19, ya sea porque su actividad ha quedado suspendida por ley o porque sus ventas han disminuido en un 75%. En estos casos, los trabajadores autónomos pueden solicitar una prestación del 70% de su base de cotización, que por la base mínima legalmente establecida (y que cotizan la mayoría de los trabajadores autónomos) da derecho a una prestación de 661 euros. En algunos casos esta cuantía resulta insuficiente ya que es inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), considerado la retribución mínima que necesita un trabajador para subsistir (fijada actualmente en 950 euros).

También se ha aprobado la moratoria de varios pagos a la Administración, como el de los impuestos que deban liquidarse durante la vigencia del Estado de alarma. Si bien esta medida parece acertada, una vez conversas con los autónomos resulta evidente que lo que necesitan no es el aplazamiento de estos sino su exención temporal. La fuerte caída en sus ingresos imposibilita el pago de los impuestos tanto ahora como dentro de unos meses, ya que los efectos de la actual crisis irán más allá de la vigencia del confinamiento (especialmente en sectores fundamentales de la economía española como son la hostelería y la restauración).

Por último, reflexionar sobre las medidas adoptadas en materia de alquileres. Si bien se ha intentado proteger a los arrendatarios que se hayan visto perjudicados por COVID-19 en el Real Decreto-Ley 11/2020, sólo se ha articulado tal protección para la vivienda habitual, excluyendo el alquiler del local comercial de todos aquellos autónomos y pymes que no pueden hacer frente al pago de este (y que en muchos casos se han visto obligados a cerrar).

De hecho, el contacto diario con la realidad me hace pensar si la cuestión consiste en garantizar liquidez o solvencia. Personalmente considero necesario repensar la dirección y alcance de algunas de las decisiones que se están adoptando. En un país como España, con una importante dependencia del sector servicios, el efecto de la crisis sanitaria tendrá un fuerte impacto en la economía que afectará al comportamiento de los ciudadanos y modificará sus hábitos de consumo, por lo que es necesario anticiparse a esta situación y reforzar la base de nuestra economía: autónomos y pymes.

 

Jordi Robusté