CAMBIOS NORMATIVOS EN MATERIA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

La digitalización se ha convertido en una pieza clave para las empresas y personas emprendedoras en el siglo XXI.

A las empresas la digitalización les permite automatizar procesos, reducir costes y mejorar la precisión en la toma de decisiones mediante el análisis de datos. Además, facilita su comunicación con clientes y proveedores, potenciando la capacidad de adaptación a las necesidades cambiantes del mercado.

Para las personas emprendedoras, la digitalización representa una plataforma para crear y escalar negocios con una menor inversión inicial. Las herramientas digitales como las redes sociales, el marketing digital y las plataformas de e-commerce proporcionan vías para llegar a un público global, más allá de las limitaciones geográficas tradicionales. Así mismo, las tecnologías emergentes como la inteligencia artificial y el blockchain les ofrecen nuevas maneras de diferenciarse y competir en mercados saturados.

Consciente de todo ello, el Gobierno español ya hace años que incentiva y promueve la digitalización de las pymes españolas. Es por este motivo, que el pasado 29 de septiembre de 2022 aprobó la Ley 18/2022 de creación y crecimiento (popularmente conocida como Ley crea y crece), la cual prevé la obligación de las empresas y personas trabajadoras autónomas españolas de facturar electrónicamente y adoptar plataformas digitales de facturación. Si bien todavía estamos a la espera de su desarrollo reglamentario, de la fecha de publicación del cual dependerá el plazo máximo de implementación de estos nuevos sistemas de facturación, actualmente ya conocemos los siguientes efectos:

  • Las empresas y personas emprendedoras españolas tendrán que facturar electrónicamente en sus relaciones comerciales B2B, es decir, aquellas en las que el cliente sea una empresa o profesional. Esto significa que, por ahora, la facturación electrónica no será obligatoria en las relaciones comerciales B2C (en las que el cliente sea un consumidor final).
  • La obligación no solo afectará al emisor de la factura (proveedor), sino que también tendrá consecuencias para su destinatario (cliente), puesto que dispondrá de 4 días para aceptar o denegar la factura recibida y tendrá que actualizar su estado (aceptada, aceptada parcialmente, denegada, pagada, etc.).
  • Si bien la Ley crea y crece determina los plazos máximos a partir de los cuales las empresas y personas emprendedoras estarán obligadas a facturar electrónicamente, estos plazos dependerán de la fecha de aprobación del reglamento que desarrolle la Ley (el cual en un principio se esperaba en marzo pero que ahora esperemos se apruebe en julio). En concreto, los plazos serán:
  • 1 año desde el desarrollo reglamentario de la Ley para las empresas que facturen más de 8 millones de euros anuales.
  • 2 años desde el desarrollo reglamentario de la Ley para las empresas que facturen menos de 8 millones de euros anuales.
  • 3 años desde el desarrollo reglamentario de la Ley para las personas trabajadoras autónomas.
  • Los principales objetivos que persigue el cambio normativo son:
  • Impulsar la digitalización de las pymes españolas.
  • Controlar el tiempo y la forma en que se efectúan los pagos en las operaciones B2B.
  • Reducir la morosidad comercial y el fraude

Si bien desde el 2015 las empresas y autónomos ya estaban obligados a facturar electrónicamente en sus relaciones comerciales con las administraciones públicas, resulta evidente que este cambio normativo tendrá un gran impacto en la operatividad y el día a día de las pymes y profesionales. Es por este motivo, y para que las empresas y personas emprendedoras no tengan que asumir gastos extraordinarios para dar cumplimiento a la obligación, que el Gobierno español se ha comprometido a desarrollar una plataforma de facturación electrónica gratuita (que actualmente aún está en fase de desarrollo). Sin embargo, también podrán optar por cualquier de las plataformas privadas verificadas conforme cumplen con todos los requisitos previstos en la normativa.

En este sentido, hay que recordar que el mismo Gobierno español ofrece, mediante red.es, la ayuda del Kit digital, la cual permite financiar, entre otras soluciones de su catálogo, la adopción de plataformas de facturación electrónica. Esta ayuda, ofrece entre 1.000 y 2.000 euros para financiar soluciones que digitalicen el flujo de emisión y recepción de facturas y se podrá solicitar hasta el próximo 31 de diciembre de 2024.

Resulta evidente que, en un entorno empresarial cada vez más competitivo, la capacidad de adaptarse y adoptar nuevas tecnologías es esencial para mantenerse relevante y asegurar un crecimiento sostenible, y si las pymes y personas emprendedoras españolas no optan por digitalizarse de mutuo propio, la administración pública les tendrá que obligar a hacerlo. Sin embargo, y dada la extensa experiencia del equipo de Daleph asesorando y acompañante a empresas, profesionales y personas emprendedoras, se hace difícil ver las diferentes piedras que se van añadiendo a un camino que de por sí ya es complicado. Aun así, desde Daleph, analizaremos la implementación de los cambios normativos descritos y esperamos poderos informar próximamente del éxito de la iniciativa.

Jordi Robusté